sábado, 6 de junio de 2015

BANDERAS

                         
A raíz de la instalación de una bandera española de considerable tamaño en el centro de la rotonda situada en la antigua carretera N-420, a la altura del Centro de Salud de Campo de Criptana, la polémica se desató y proliferaron comentarios hablados y escritos de todo signo, muchos de ellos guiados por la emoción y sin el necesario clima de sosiego que es el que debe presidir el debate de cualquier tema importante, y éste de la bandera lo es. Vayamos por partes.
Edificio del Senado español
En el artículo 4 de su Título Preliminar la vigente Constitución española de 1978, aparte de decirnos cómo es nuestra bandera nacional, nos indica cuáles son los lugares y acontecimientos obligados para que ondee la bandera del Estado y las de las Comunidades Autónomas, a saber, los edificios públicos y los actos oficiales.
Por su parte, la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas (BOE nº 271 de 12 de noviembre), especifica dónde es obligatorio el uso de la bandera española:
-          El exterior e interior de todos los edificios y establecimientos de la administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.
-          Edificios públicos militares, acuartelamientos, buques y aeronaves, establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
-          Locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares en el extranjero.
-          Asimismo, en los “buques, embarcaciones y artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones y usos que rigen la navegación”.
Esta ley, por tanto, no obliga a poner la bandera en el centro de una rotonda, pero tampoco lo prohíbe, de la misma manera que tampoco prohíbe que se exhiba en camisetas, pulseras o cualquier otro objeto, siempre – se sobreentiende - que se utilice con el debido respeto, sobre lo que la citada ley igualmente es tajante. Así que es legítimo el uso de la bandera española de las múltiples maneras y en los muy variados lugares en los que hoy en día la podemos encontrar. Por cierto, dicha ley, en su artículo sexto, deja bien claro que “cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor”; nada que oponer en este aspecto normativo a la bandera de la rotonda.
Dicho lo cual hay que dejar bien claro que no es más español ni más patriota quien más exhibe la bandera o quien más habla de ella. Tan español y tan patriota como el anterior es quien no lo hace así. En esto, como en todo en la vida, se impone el sosiego, la mesura y el respeto a las opiniones y las actitudes de los demás.
La bandera de un país, estado o nación – cada cual utilice el término que prefiera – es un símbolo de ese país, estado o nación, símbolo de una comunidad de personas que aprecian sus señas de identidad y que, lógicamente, las defienden y no pueden ver con buenos ojos que, como cualquiera de todos sus símbolos, no sea respetado o sea ultrajado. A partir de esta constatación, cada cual expresará su aprecio por los símbolos con más o menos vehemencia, pero nunca puede derivarse de ello, como antes señalaba, que fulanito o menganito sea más o menos patriota.
En relación con todo lo anterior creo que conviene referirse al nacionalismo, concepto que vemos definido en cualquier libro de texto utilizado por nuestros adolescentes como la “ideología política que sostiene el derecho de los pueblos a decidir sobre ellos mismos y a defender su soberanía”; este concepto nos conduce al de nación, que se nos presenta como “un conjunto de individuos que poseen una serie de lazos culturales propios (religión, lengua, tradiciones, pasado …) y que desean vivir en común”.
Entre los lazos compartidos por una sociedad hay que añadir los símbolos, y entre éstos, en lugar destacado, las banderas. Ahora bien,  - y voy opinando y espero que mis opiniones se respeten como yo respeto las de todos los demás - yo entiendo - extendiendo mi comentario a todo el ámbito nacional español – que, de todos los componentes del concepto  nación, hay quien pone excesivo énfasis en los símbolos – por ejemplo, la bandera – y menos en la auténtica defensa de los derechos de sus compatriotas, muchos de ellos a veces olvidados, discriminados y hasta vejados por  ideologías, mentalidades y por algunos que dicen ser muy patriotas, y es que, las personas, nuestros conciudadanos, son el elemento esencial de una nación. Banderas bien, pero ciudadanos también.

Y al final del relato, añado mi opinión clara sobre la bandera de la rotonda en concreto: me parece una exageración, poniendo por delante mi respeto a quienes aplauden la decisión tomada.
                           FRANCISCO ESCRIBANO SÁNCHEZ-ALARCOS



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